AFIP – Responsabilidad del empleado cuando el empleador no cumple
con el Impuesto a las Ganancias
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AFIP – Responsibility of the employee when the employer doesn’t fulfil the Profit Tax
AFIP determined that the employee must register, declare and pay the tax when the employer doesn’t’ deduct the corresponding annual total amount.
La AFIP determinó que el trabajador debe inscribirse, declarar y pagar el impuesto cuando el empleador no retenga el total anual correspondiente
De acuerdo a la reciente resolución 2437 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que empieza a regir a partir de este mes, se dispuso que los empleados en relación de dependencia deberán inscribirse en el Impuesto a las Ganancias, presentar la declaración jurada y pagar el tributo, cuando el empleador por error no retenga el total anual correspondiente.
La nueva obligación deberá cumplirse antes del último día hábil de febrero. De esta manera, el fisco nacional decidió poner la responsabilidad en cabeza del empleado. Las pautas se encuentran descriptas en el artículo 11 inciso c) de la mencionada resolución.
Respecto a los cambios introducidos por la resolución antes mencionada se señaló que "entre las modificaciones que pueden considerarse desfavorables, ya que generan inconvenientes y más tareas administrativas a los empleados, se encuentra el agregado que se introdujo en las liquidaciones anuales que confeccionan los empleadores".
Se agregó: "Con los cambios se produce la obligación para el empleado de presentar la declaración jurada anual y pagar la diferencia de impuesto cuando se produzca un error, omisión o cualquier otro motivo imputable al empleador, que provoque la imposibilidad de efectuar la totalidad de la retención anual".
"De esta manera, el empleado queda obligado a inscribirse en el Impuesto a las Ganancias e ingresar la diferencia en forma personal", se puntualizó.
Además se señaló que "en consecuencia, si el empleador comete un error en la liquidación durante el año calendario fiscal, ya no tendría que rectificar la declaración jurada SICORE y pagar los intereses resarcitorios, como ocurría antes".
La conclusión es: "A modo de síntesis, un error u omisión del empleador obliga al empleado a inscribirse en el Impuesto a las Ganancias y pagar esa diferencia en forma personal, generándole de esta manera más cargas administrativas", |