La Resolución General 5695/2025 modifica el procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor del Impuesto PAIS para agentes de percepción, establecido originalmente en la Resolución 5.638.
El cambio principal consiste en ampliar el plazo y los conceptos compensables, permitiendo cancelar obligaciones del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios correspondientes a los períodos de enero a mayo de 2025, incluyendo tanto el capital como los intereses.
Esta compensación se realiza mediante el servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" de la ex AFIP, bajo la opción “Compensación”.