Atento a las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 504/25, celebrado por el SINDICATO FEDERACIÓN GRAFICA BONAERENSE y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRAFICA Y AFINES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 60/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), mediante la Disposición 327/2025, la DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.