El decreto 767/2025 eleva los montos a partir de los cuales los contribuyentes deben cumplir con las obligaciones de información y documentación en materia de precios de transferencia. En este sentido, las operaciones de importación y/o exportación por un monto anual inferior a $500 millones quedan exentas de suministrar la información. Mientras que la presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia aplica a transacciones superiores a $150 millones (o bien, de Monto individual de dichas operaciones superior a $15 millones).
Por otra parte, la medida modifica los mecanismos de control sobre los precios de transferencia, destacando la creación de un régimen de registración electrónica obligatorio de las operaciones de exportación de bienes con cotización.
A continuación, se adjunta el texto completo de la norma para su consulta: